Notificación sobre prácticas de privacidad: Santa Fe, Rio Arriba

SOLO PARA LOS CONDADOS DE SANTA FE Y RIO ARRIBA. Los formularios de admisión están encriptados de forma segura y cumplen con HIPAA.

  • Notificatión sobre prácticas de privacidad: Santa Fe, Rio Arriba
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  • ESTA NOTIFICACIÓN DESCRIBE CÓMO SE PUEDE UTILIZAR Y DIVULGAR LA INFORMACIÓN MÉDICA ACERCA DE USTED Y CÓMO PUEDE ACCEDER A ESTA INFORMACIÓN. LEA LA INFORMACIÓN DETENIDAMENTE.

    En la presente Notificación sobre prácticas de privacidad, se describe la forma en la que podemos utilizar y divulgar su “información protegida de salud” (PHI, por sus siglas en inglés) para el tratamiento, el pago y los procesos de atención de salud y para otros fines que exija la ley. En ella, también se describen sus derechos de acceder a su PHI y de controlarla. El PHI está compuesto de información sobre usted incluyendo, incluida información demográfica, que lo puede identificar y que se relaciona con su salud o estado físico o mental anterior, presente o futuro y con servicios de atención de salud relacionados. Debemos cumplir con los términos de esta Notificación sobre prácticas de privacidad. Tenemos la facultad de modificar los términos de la notificación en cualquier momento. Los términos de la nueva notificación se aplicarán a toda su PHI que poseamos en ese momento. En caso de que lo solicite, le brindaremos la Notificación sobre prácticas de privacidad modificada. Para ello, debe llamar a la oficina y solicitar el envío de una copia de la notificación modificada por correo postal o solicitarla en su próxima consulta.

    UTILIZACIÓN Y DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN PROTEGIDA DE SALUD

    Su terapeuta u otras personas que no pertenezcan a esta oficina que participen en su atención y tratamiento podrán utilizar y divulgar su PHI para proporcionarle servicios de atención de salud. También es posible que su PHI se utilice y divulgue para pagar las facturas de atención de salud y para respaldar los procesos del consultorio de los terapeutas. A continuación, encontrará ejemplos de los tipos de utilización y divulgación de su PHI que están permitidos. Estos ejemplos no son exhaustivos, son solo una descripción de los tipos de utilización y divulgación que la oficina puede hacer.

    TRATAMIENTO: Utilizaremos y divulgaremos su PHI para proporcionar, coordinar y administrar su atención y los servicios relacionados.

    PAGO: Su PHI se utilizará, según sea necesario, para obtener el pago de los servicios de atención de salud que recibe. Esto podría incluir algunas actividades que su plan de seguro de salud puede realizar antes de aprobar o pagar los servicios de atención de salud que recomendamos para usted, por ejemplo, tomar una decisión sobre la elegibilidad o la cobertura de beneficios de seguro, analizar la existencia de la necesidad médica en los servicios que recibió y realizar actividades de revisión de la utilización.

    PROCESOS DE ATENCIÓN DE SALUD: Es posible que utilicemos o divulguemos, según sea necesario, su PHI para respaldar las actividades comerciales del consultorio de los terapeutas. A continuación, le proporcionamos algunos ejemplos de la utilización o de la divulgación para procesos de atención de salud que la oficina de los terapeutas puede llevar a cabo:

    • La utilización y la divulgación de su PHI en virtud de su autorización escrita: Los demás usos de su PHI se realizarán únicamente con su autorización escrita salvo que, en virtud de la ley, se exija o permita lo contrario según se describe a continuación. Puede revocar esta autorización en cualquier momento, por escrito, salvo en el caso que el terapeuta o el consultorio del terapeuta hayan actuado en virtud de la utilización o la divulgación descritas en la autorización.
    • Otros tipos de utilización y divulgación permitidas y exigidas que podrían realizarse sin su autorización o la posibilidad de objetar: Podemos utilizar o divulgar la PHI en los siguientes casos sin su autorización:CUANDO SE EXIJA EN VIRTUD DE LA LEY: Podremos utilizar o divulgar su PHI en la medida que su utilización o divulgación sean exigidas en virtud de la ley. La utilización o la divulgación se realizarán en cumplimiento de la ley y se limitarán a los requisitos pertinentes allí establecidos. Conforme a la ley, recibirá una notificación en caso de divulgación.

    SUPERVISIÓN DE LA SALUD: Es posible que divulguemos su PHI a una agencia de supervisión de salud para que realice actividades autorizadas en virtud de la ley, como auditorías, investigaciones e inspecciones. Las agencias de supervisión que soliciten esta información se rigen por programas reglamentarios gubernamentales y leyes sobre derechos civiles.

    ABUSO O ABANDONO: Podemos divulgar su PHI a autoridades de salud pública que estén autorizadas, en virtud de la ley, a recibir denuncias de abandono o maltrato infantil, o violencia doméstica a la entidad o agencia gubernamental autorizada a recibirlas. En ese caso, la divulgación se realizará en cumplimiento de los requisitos de las leyes federales o del estado.

    PROCEDIMIENTOS LEGALES: Es posible que divulguemos su PHI durante el transcurso de procedimientos judiciales o administrativos, en respuesta a órdenes de tribunales o de tribunales administrativos en la medida que la divulgación esté expresamente autorizada, en algunos casos, en respuesta a citaciones, a solicitudes durante el período de presentación de pruebas o a otros procesos legales.

    CUMPLIMIENTO DE LA LEY: También podemos divulgar su PHI, en la medida que se cumplan los requisitos legales pertinentes,a efectos del cumplimiento de la ley. Los efectos de cumplimiento de la ley incluyen

    1. procesos legales y de otra naturaleza establecidos en virtud de la ley,
    2. solicitudes de información limitada para fines de identificación y ubicación,
    3. víctimas de delitos,
    4. sospechas de que se produjo una muerte como resultado de conducta delictiva,
    5. casos en que se cometa un delito en el establecimiento del consultorio y
    6. emergencia médica (que no se produzca en el establecimiento del consultorio) y que sea probable que se haya cometido un delito.

    ACTIVIDAD DELICTIVA: En cumplimiento con las leyes federales y del estado, es posible que divulguemos su PHI si creemos que la utilización o la divulgación son necesarias para evitar o disminuir una amenaza grave o inminente a la salud o a la seguridad de una persona o del público. También podemos divulgar su PHI si la divulgación es necesaria para que las autoridades de cumplimiento de la ley identifiquen o arresten a una persona.

    ACTIVIDAD MILITAR Y SEGURIDAD NACIONAL: En caso de que se cumplan las condiciones pertinentes, es posible que utilicemos o divulguemos su PHI de personas que forman parte del personal de las Fuerzas Armadas para actividades que las autoridades de mando militar pertinentes consideren necesarias, (2) a los efectos de que el Departamento de Asuntos de Veteranos emita una decisión sobre si reúne los requisitos necesarios para recibir beneficios o (3) a autoridades militares extranjeras si es miembro de ese servicio militar extranjero. También podemos divulgar su PHI a funcionarios federales autorizados para la realización de actividades de inteligencia y seguridad nacional, incluida la prestación de servicios de protección al Presidente o a otras personas según lo autorice la legislación.

    INDEMNIZACIÓN PARA TRABAJADORES: Se puede divulgar su PHI en la forma autorizada para cumplir con leyes de indemnización para trabajadores y otros programas similares establecidos en virtud de la ley. Utilización y divulgación exigidas: En virtud de la ley, debemos divulgarle información cuando así lo solicite el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos para investigar o determinar si cumplimos con los requisitos establecidos en el artículo 164.500 y subsiguientes.

    SUS DERECHOS

    A continuación, encontrará una lista de sus derechos en relación con su PHI y una breve descripción de la manera de ejercerlos.

    TIENE DERECHO DE REVISAR Y COPIAR SU INFORMACIÓN PROTEGIDA DE SALUD. Puede revisar y obtener una copia (a su cargo) de su PHI sobre usted en un conjunto de registros designado durante el tiempo que conservemos su PHI. Un conjunto de registros designado incluye registros médicos y de facturación y cualquier otro registro que su médico y el consultorio utilicen para tomar decisiones sobre usted.

    Sin embargo, en virtud de la legislación federal, no puede inspeccionar ni copiar los siguientes registros: notas de psicoterapia, información recopilada previendo razonablemente o que se utilicen en juicios o procedimientos civiles, penales o administrativos, y su PHI esta sujeto a la legislación que prohíbe acceso a su PHI. En función de las circunstancias, la decisión que deniegue el acceso puede revisarse. En algunos casos, es posible que tenga derecho a que se revise la decisión.

    TIENE DERECHO A SOLICITAR UNA RESTRICCIÓN DE SU INFORMACIÓN PROTEGIDA DE SALUD. Esto significa que puede solicitarnos que no utilicemos ni divulguemos parte de su PHI a efectos de tratamiento, pago o procesos de atención de salud. También puede solicitar que parte de su PHI no se divulgue a miembros o amigos que participen en su atención o a efectos informativos según se describe en esta Notificación sobre prácticas de privacidad. En la solicitud, se debe detallar la restricción específica que solicita y la persona a la que se debe aplicar la restricción.

    Su terapeuta no tiene la obligación de aceptar las restricciones que solicite. Cuando el terapeuta crea que es mejor para usted permitir la utilización y la divulgación de su PHI, no se impondrá la limitación sobre su PHI. Si el terapeuta acepta la restricción solicitada, no podremos utilizar o divulgar su PHI en incumplimiento de esta restricción salvo que sea necesario para proporcionar tratamiento de emergencia. Por ello, trate las restricciones que desee solicitar con el terapeuta. Para solicitar una restricción, debe enviar una solicitud escrita a este.

    TIENE DERECHO A RECIBIR LAS COMUNICACIONES CONFIDENCIALES QUE LE ENVIEMOS POR MEDIOS ALTERNATIVOS O A DIRECCIONES ALTERNATIVAS. Aceptaremos solicitudes razonables. Para aceptar esta solicitud, es posible que solicitemos información sobre la forma en que se manejará el pago o que nos proporcione una dirección alternativa u otro método de contacto. No solicitaremos una explicación sobre la razón de la solicitud. Realice esta solicitud por escrito al terapeuta.

    TIENE DERECHO A SOLICITAR MODIFICACIONES A SU PHI. Puede solicitar la modificación de su PHI en un conjunto de registros designado durante el tiempo que conservemos esa información. En algunos casos, es posible que rechacemos la solicitud de modificación. Cuando lo hagamos, tiene derecho a presentar una declaración de desacuerdo. En ese caso, es posible que redactemos una réplica a su declaración y le brindaremos una copia de ella. Comuníquese con el terapeuta si tiene preguntas sobre la modificación de su registro médico.

    Tiene derecho a recibir un desglose de determinadas divulgaciones que hemos hecho de su PHI. Este derecho se aplica a las divulgaciones por fines distintos al tratamiento, al pago o a procesos de atención de salud que estén descritos en esta Notificación sobre prácticas de privacidad. Excluye las divulgaciones que le hayamos realizado para un directorio de establecimientos, a familiares o amigos que participen en su atención y con fines informativos. Las divulgaciones que se realicen en virtud de una autorización firmada por usted también se excluyen del desglose. Tiene derecho a recibir información específica sobre estas divulgaciones que se produjeron después del 1.° de octubre de 2004. Puede solicitar un período más corto. El derecho a recibir esta información está sujeto a ciertas excepciones, restricciones y limitaciones. La primera solicitud será sin costo para usted, pero las solicitudes siguientes correrán por su cuenta.

    RECLAMOS: Si cree que hemos vulnerado sus derechos de privacidad, puede presentar reclamos ante nosotros o ante el Secretario de Salud y Servicios Humanos. Para presentar el reclamo ante nosotros, debe notificar su reclamo por escrito al terapeuta. No tomaremos represalias en su contra por presentar un reclamo.

    ESTA NOTIFICACIÓN SE PUBLICÓ Y ENTRÓ EN VIGENCIA EL 1.° DE OCTUBRE DE 2004

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